2.10.09

Actualidad religiosa. AÑO JUBILAR

Por Javier Garcia Barrera, CORC, Párroco de Callosa d´en Sarrià


¿Por qué un Año Jubilar a Nuestra Señora del Remedio, la Virgen de las Injurias?
Conquistada la ciudad “Callosa d´en Sarriá” del poder de los moros por el piadosísimo Jaime I Rey de Aragón, tuvo origen la veneración y el culto a la hermosa Imagen de la Bienaventurada Virgen María que, regalada por el mencionado Rey, ya desde entonces en el año 1254, abrió las fuentes de gracias espirituales a los cristianos que recurrían a Ella tanto en las angustias del cuerpo como del alma.
Transcurridos los años la Imagen de la Madre de Dios con su Divino Niño fue gravemente destrozada por los corsarios bereberes. Por lo cual en memoria de las injurias infligidas por los enemigos, la venerable Imagen empezó a ser invocada por los fieles con el nombre “de las injurias”.
Fue proclamada Patrona de Callosa d´en Sarriá en 1855 por la curación de 290 enfermos graves del cólera morbo asiático. En prueba de gratitud a la intercesión de la Virgen, el Clero, las Autoridades y vecinos se obligaron a celebrar fiesta solemne, anual y perpetua en honor a su Patrona. En 1859 se celebra la primera fiesta a la Virgen de las Injurias y al año siguiente comienza a haber Moros y Cristianos para las fiestas. (Salvador Gregori Mayor)
¿Qué es un año Jubilar?
La Palabra “jubileo” viene del latín “iubilaeus”, que significa alegría o júbilo; y a la vez del hebreo “yôbêl”, voz con la que se designaba a la fiesta que se celebraba cada cincuenta años, y que era Fiesta de Reconciliación y Perdón (Lev 25).
Un AÑO JUBILAR es:
Un acontecimiento intensamente espiritual, por el que la Iglesia hace un llamamiento a todos a convertirnos de corazón a Dios, que es fuente inagotable de misericordia, y a fortalecer nuestra fe en Jesucristo, el único Salvador.
Un tiempo privilegiado de reconciliación con Dios y con los hermanos, mediante la gracia de las indulgencias que la Iglesia concede a cuantos visiten a la Virgen de las Injurias durante este año, con las debidas condiciones.

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