26.4.12

NOVAGESTION INFORMA. Se intensifica la lucha contra el fraude fiscal para empresarios y profesionales

En el Anteproyecto de Ley se combinan medidas novedosas diseñadas para impactar directamente en nichos tradicionales de fraude con otras que refuerzan la seguridad jurídica del sistema tributario y potencian la recaudación. Una de las medidas más ambiciosas que contiene esta norma consiste en la limitación del uso de dinero en efectivo en determinadas operaciones. Límites,  no podrán pagarse en efectivo operaciones iguales o superiores a 2.500 euros en las que intervenga, al menos, un empresario o profesional.  El límite será de 15.000 euros cuando el pagador sea un particular no residente. Ámbito de aplicación: -Operaciones realizadas entre empresas y/o profesionales -Operaciones realizadas por personas físicas con empresas y/o profesionales -No se aplica a las operaciones realizadas exclusivamente entre particulares -No se aplica a operaciones realizadas con entidades de crédito. Sanciones Quienes incumplan la prohibición se enfrentarán a multas del 25 por 100 del valor del pago hecho en efectivo. Tanto el pagador como el receptor del pago responderán de forma solidaria de dicha infracción, por lo que la Administración podrá dirigirse contra cualquiera de ellos. Si la denuncia procede de una de las partes que hayan intervenido en la operación, Hacienda no aplicará sanción alguna a esta parte si voluntariamente lo pone en conocimiento de la Agencia Tributaria dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del pago. Los intervinientes en estas operaciones en las que participe un empresario o profesional deberán conservar los justificantes de pago durante cinco años para acreditar ante la Agencia Tributaria que se efectuó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo. Esta limitación en el uso de efectivo entrará en vigor cuando lo haga el citado Anteproyecto de Ley.
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